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¿Qué son las Listas Positivas?
Los listados de animales les cateogorizan por su "uso" para el hombre, esto les cosifica y despoja u otorga de algunos derechos pero es la realidad y hay que comprenderla para saber dónde estamos con cada especie.
Hay más de 200 millones de mascotas en Europa, incluidos mamíferos, aves, reptiles, peces y anfibios (Fuente: The European Pet Food Industry (FEDIAF) Facts & Figures 2016). El número de perros en la UE asciende actualmente a más de 68 millones; la cantidad de gatos supera los 74 millones. Los propietarios aprecian cada vez más a los animales pequeños: en la UE se cuidan 40 000 millones de aves ornamentales, 20 millones de mamíferos pequeños y más de 200 millones de peces ornamentales en 9,6 millones de acuarios. (Fuente: The European Pet Food Industry FEDIAF, junio 2017)Sin embargo, muchas especies, especialmente animales exóticos, no son aptas para una vida en cautiverio. Esto puede ocasionar graves problemas de bienestar animal (las mascotas exóticas tienen necesidades complejas, que necesitan de atención especializada, dieta y vivienda adecuada a su naturaleza para satisfacer sus necesidades) y también pueden ser perjudiciales para la biodiversidad (especies exóticas invasoras), tener un impacto negativo en la salud pública y representar un peligro para la salud de otros animales. Por lo tanto, el aumento en el mantenimiento de animales exóticos puede generar altos costos en muchos sectores.
Una lista negativa contiene especies cuya tenencia está prohibida. Normalmente no es posible adquirir un permiso o autorización para tales especies, pero se pueden hacer excepciones para zoológicos e instituciones de investigación.
Hay una serie de posibles inconvenientes asociados con este tipo de lista. Las especies no mencionadas se pueden conservar de forma predeterminada, incluidos los híbridos, las subespecies y las especies nuevas que se incorporen a la venta. De naturaleza reactiva, las listas negativas no emplean un enfoque precautorio. Las especies en el comercio cambian constantemente en función de las modas, por lo que una lista negativa necesita de actualizaciones periódicas y, por lo tanto, pueden quedar obsoletas rápidamente, lo que crea lagunas en el comercio de nuevas especies que pueden plantear riesgos graves
de bienestar, salud, invasión y conservación.
Una lista positiva es una lista de especies que pueden mantenerse como animales domésticos, con o sin el requisito de un permiso o autorización. Esta es una forma eficiente, clara y precautoria para reducir los riesgos causados por las especies exóticas y minimizar sus problemas de bienestar.
Con base en los criterios científicos establecidos que consideran el bienestar, la salud y la seguridad, las amenazas ecológicas, la conservación de las especies y el conocimiento de sus necesidades, se puede establecer una lista de especies adecuadas para su tenencia. Cualquier nueva especie en el mercado puede evaluarse según estos criterios y la lista positiva puede modificarse según lo justifique. Este enfoque evitaría el mantenimiento de una nueva especie que podría representar un riesgo aún no
documentado.
La Universidad de Wageningen (Holanda) desarrolló el método científico utilizado para construir la lista positiva, en la que las necesidades de comportamiento animal son una característica clave. La lista positiva favorece a las especies domesticadas como: perros, gatos, conejos, cobayas, ratas marrones, ratones domésticos, caballos, burros, cerdos, vacas y ovejas.
Partiendo de esto, existen negativos o positivos. Los listados negativos de animales son aquellos que significan que si estás en ellos te aplica una norma como por ejemplo, listado de especies invasoras, esto es, si estás en esta lista negativa, eres una especie categorizada como invasora y está prohibida tu tenencia y cría. Teniendo 9.000 especies de aves o 6.500 especies de mamíferos conocidas, hacer listas negativas no tiene sentido. Pues puedes incluir una especie de roedor en ella y dejarte un equivalente de cientos con el mismo impacto en este caso para la biodiversidad. Ver Catálogo de especies exóticas invasoras.
Por ello desde los años 2000 se plantea generar listados positivos, no negativos, que incluyen sólo las especies cuya tenencia está permitida en base a criterios de bienestar animal, biodiversiadad y seguridad y salud de las personas. Especies que se permite su tenencia como animales domésticos que el hombre suele explotar (ovejas, gallinas...) y animales silvestres que el hombre suele mastocizar en jaulas y cubetas en el hogar (loros, hamsters...etc).
Tenemos listas positivas hace años en Holanda, Bélgica y Luxemburgo. Desde Europa se van a instaurar a nivel europeo dado que los problemas que afectan a las especies silvestres no conocen de fronteras.
Sus vocales son Eurogrupo4Animals y su miembro Animal Advocacy & Protection (AAP)
En ESPAÑA
Nos vienen mareando años y años. Vamos ya 15 años tarde respecto a Europa y no porque desde asociaciones no se halla informado tanto a políticos como a Administración, tanto en Ministerio de Transición Ecológica como en SOIVRE cuando era competente pasando por el Congreso de los Diputados (2018-2019). Desde MALP participamos activamente como fundadora de la Federación Española de Protección Animal (FEPA).
Lo que se consiguió primero fue ampliar el listado negativo más nutrido y ágil que el catálogo de EEI, con la valoración de especies a importar desde el Real Decreto 570/2020, de 16 de junio, por el que se regula el procedimiento administrativo para la autorización previa de importación en el territorio nacional de especies alóctonas con el fin de preservar la biodiversidad autóctona española, y el Listado de especies alóctonas susceptibles de competir con las especies silvestres autóctonas, alterar su pureza genética o los equilibrios ecológicos.
Así pues se recogió por primera vez a nivel normativo en España la creación de los listados positivos de anmales de compañía (mamíferos, aves, reptiles, anfibios, peces o invertebrados) en marzo de 2023 con la ley de bienestar animal estatal (Ley 7/2023) que recoge el mandado de desarrollar el reglamente del listado positivo en 24 meses desde la entrada en vigor ley, esto es en septiembre de 2025 y dice en su capítulo 5 sobre listado positivo:
Y salío tanto a consulta publica previa para la declaración de intenciones (10/2025) como el texto normativo en borrador a información pública(05/2026):
Puedes consultar aquí el texto sacado a consulta.
Nuestras alegaciones han sido las siguientes (aunque ya sabemos que no tienen en cuenta las alegaciones y consultan por obligación de normativa europea):
Antecedentes
En lo que se refiere a la trasposición en el ordenamiento jurídico español de la legislación europea e internacional,la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, en su Artículo 54. establece que
(2) La Administración General del Estado prohibirá la importación o introducción de especies o subespecies alóctonas cuando éstas sean susceptibles de competir con las especies silvestres autóctonas,
alterar su pureza genética o los equilibrios ecológicos.
(3) La importación o introducción en el territorio nacional de una especie alóctona que podría concurrir potencialmente en las circunstancias descritas en el apartado anterior estará supeditada a la obtención de
una autorización administrativa por parte del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, sin perjuicio de los demás requisitos contemplados en la normativa sectorial correspondiente. El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente elaborará, en el plazo máximo de un año, un listado en el que, con base en la información técnica y científica existente, se incluirán los taxones alóctonos susceptibles de competir con las especies silvestres autóctonas, alterar su pureza genética o los equilibrios ecológicos. Este listado será publicado y actualizado en la sede electrónica del Ministerio
de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
(4) Tras la publicación del listado previsto en el apartado anterior, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente sólo autorizará la importación en el territorio nacional de una especie incluida en dicho listado cuando, en la primera importación solicitada, compruebe mediante la evaluación de un análisis de riesgo presentado por el operador, que la especie no es susceptible de incurrir en las circunstancias descritas en el apartado
2. Cuando el análisis de riesgo de esa primera solicitud sea favorable a la importación, no será necesario solicitar autorizaciones de esta índole para importaciones posteriores, salvo que nuevas razones de índole científica debidamente fundadas aconsejen someterlo de nuevo a un análisis de riesgo.
Todo este marco normativo exige de un continuo desarrollo, control, revisión, y actualización, que no solo supone una ingente cantidad de recursos económicos y humanos, sino que se ha mostrado en muchos casos ineficaz para la consecución de los objetivos previstos, tanto en lo que supone la preservación de la biodiversidad y control de especies invasoras, como en lo tocante a garantizar los preceptos recogidos en el Convenio Europeo sobre protección de animales de compañía, en cuanto a garantizar que éstos tengan alojamiento, cuidados y atención acordes a sus necesidades etológicas, de
conformidad con su especie y raza, su adaptación o no a la cautividad, y lucha contra el abandono.
Por todo ello, entendemos que es necesario un nuevo enfoque, más restricitivo, eficiente y eficaz, para la consecución de los fines anteriormente descritos.
Europa
En junio de 2008, el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas dictaminó que la Lista positiva belga no infringía las normas de la UE sobre libre comercio siempre que se basara en criterios objetivos y no discriminatorios, y existiera un procedimiento para que las partes solicitaran la inclusión de especie en la lista (sentencia Andibel, caso C-219/07). Los criterios para ser incluidos en la lista positiva en Bélgica son los siguientes:
1. Bienestar de los animales: los animales deben ser fáciles de mantener y mantenerse con respecto a sus necesidades fisiológicas, etológicas y ecológicas esenciales.
2. Medio ambiente: no se debe enumerar ninguna especie para la que haya indicaciones claras de que, en caso de que un animal escapa, podría sobrevivir en la en que debe mantenerse un animal. Cualquier animal que no figura en la lista de 123 especies presentada por el Ministerio ya no está permitido con una cláusula de abuelo (se incluyen disposiciones transitorias y se permite a los propietarios privados de animales de compañía mantener a sus animales hasta el final de su vida natural).
4. Cría: se debe disponer de información bibliográfica sobre el cuidado de estos animales.
5. Sin duda: en caso de datos contradictorios o información sobre las posibilidades de conservar un animal, el animal debe recibir el beneficio de la duda, es decir, no estará en la lista.
Complementariamente a la lista, se incluyó un Decreto en el que se deteriminan de manera pormenorizada las condiciones de tenencia, cria y comercio de los animales recogidos en la lista.
Los datos recopilados por el estudio llevado a cabo por el Eurogroup For Animals y la comparación con los resultados de estudios similares implementados en otros países europeos que adoptaron listas negativas de especies prohibidas, demuestran que la adopción del sistema de listas positivas ha sido muy efectiva para reducir el comercio de mamíferos exóticos en Bélgica . Solo las pocas especies aptas para la cría privada ahora se comercializan y mantienen en el país, la conciencia pública se ha incrementado y el público está bien informado sobre las especies adecuadas para ser mantenidas como
mascotas, y luego se limita el comercio ilegal. El informe indica que, según lo declarado por una posición publicada de la Federación de Veterinarios de Europa, una lista positiva "representa un proceso regulatorio más manejable, proporcionado y eficaz y una carga menos burocrática para los organismos de aplicación".
Holanda ha sido el siguiente país de la Unión en adoptar listas positivas, bajo el precepto de que no todos los animales son adecuados como mascotas. Es por eso que el 1 de febrero de 2015, el Ministerio de Asuntos Económicos presentó una lista de mamíferos que legalmente se pueden mantener como mascotas. Se conoce como la lista positiva para los mamíferos. La lista también incluye especies animales que solo pueden mantenerse como mascotas bajo ciertas condiciones.
El 30 de enero de 2017, el Ministerio de Asuntos Económicos de los Países Bajos hizo pública su decisión sobre el proyecto de Lista positiva, que define también las condiciones
La lista, que actualmente solo cubre a los mamíferos, significa que los mamíferos no incluidos en la "Lista positiva" no se pueden tener legalmente o solo se pueden conservar con un permiso especial. Por lo tanto, los propietarios de especies prohibidas pueden conservar sus animales hasta que mueran, pero no se permite comerciar o criar con ellos.
La normativa desglosa en dos tablas los animales permitidos, en función de los requerimientos para su tenencia:
específicas para la especie para el mantenimiento de los animales.
Tabla 2: especies de animales que se pueden mantener con la aplicación de regulaciones específicas de especie para el mantenimiento de los animales.
Referencias
- http://www.listadopositivo.org
- Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales.
- Real Decreto 570/2020, de 16 de junio, por el que se regula el procedimiento administrativo para la autorización previa de importación en el territorio nacional de especies alóctonas con el fin de preservar la biodiversidad autóctona española.
- Listado de especies alóctonas susceptibles de competir con las especies silvestres autóctonas, alterar su pureza genética o los equilibrios ecológicos
- Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal.
- Real Decreto 787/2023, de 17 de octubre, por el que se dictan disposiciones para regular el sistema de trazabilidad, identificación y registro de determinadas especies de animales terrestres en cautividad.
- Real Decreto 637/2021, de 27 de julio, por el que se establecen las normas básicas de ordenación de las granjas avícolas.
- EUROGROUP FOR ANIMALS “The implementation of the Positive List for mammal pets in Belgium: a success story”, May 2016
- EUROGROUP FOR ANIMALS “Analysis of national legislation related to the keeping and sale of exotic pets in Europe”, July 2013
- AAP Foundation “THINK POSITIVE WHY EUROPE NEEDS ‘POSITIVE LISTS’ TO REGULATE THE SALE AND KEEPING OF EXOTIC ANIMALS AS PETS”
- Dr Christodoulos Pipis, Veterinary Councellor “IMPORT & KEEPING OF EXOTIC ANIMALS IN EU Existing concerns and risks - Current challenges to meet”, Brussels, 4-5 October 2012
- The European Pet Food Industry (FEDIAF) “Facts & Figures 2016”
- European Commission Enviroment Enforcement Group
- European Commission “COMMUNICATION FROM THE COMMISSION TO THE EUROPEAN PARLIAMENT, THE COUNCIL AND THE EUROPEAN ECONOMIC AND SOCIAL COMMITTEE on the European Union Strategy for the Protection and Welfare of Animals 2012-2015”
- C. A. Schuppli and D. Fraser “A Framework for assessing the suitability of different species as companion animals”, 1999
- Government of The Netherland- Els Vanautryve FPS Public Health, Food Chain Safety and Environment Department for Animal Welfare “Keeping of exotic animals in Belgium : the “positive list” , 2011
- Koene, P.; Ipema, A.H.; Mol, R.M. de; Hopster, H. Wageningen University “Framework to determine a positive list for mammals”, 2012








