Colonias Felinas: los ayuntamientos incumplen la ley



INFORMACIÓN PARA LOS VECINOS relativa a la gestión de colonias felinas en su municipio

En España, la Ley 7/2023 de protección animal nacional establece que los ayuntamientos dispondrán de un servicio de recogida y guarda de animales de compañía y una gestión ética integral de colonias felinas para los gatos ferales o comunitarios, todo ello bajo el principio de sacrificio cero.

Esto significa que desde septiembre del año 2023 el Ayuntamiento  debió comenzar su programa de gestión de colonias felinas en suelo público y privado, mediante el método de Captura, Esterilización y Retorno (CER). 

Sin embargo en 2025 se estimaba que de los 8.100 municipios menos del 25% lo estaban realizando y no de manera integral. Realizarlo consiste en tener mapeo de colonias felinas y un largo etc y sobre todo contar con un servicio normalmente externo contratado a tal efecto. Además realizar este servicio en todo el municipio, no sólo en cuatro puntos del centro. inclumlimiento sistemático de funciones y obligaciones a nivel municipal. La Fiscalía no ayuda ni  la Direccíón General de Derechos de los Animales que alude ausencia de competencia, así como las Consejerías de Medio Ambiente que si bien competentes hacen la vista gorda. 

Esto implica  que los ciudadanos siguen pagando no sólo el alimento que es el mayor coste en tiempo y dinero de este asunto sino también la esterilización de los gatos que supone comprar jaulas trampa, pedir días libres para esterlilizar una noche e ir al veterinairo al dia siguiente, devolver los gatos y abonar su coste.
alimentar es 24/7/365 y es un gasto económico y temporal enorme. Es parte central del bienestar de colonias felinas y sin él no puede haber control ni disminución de impacto en fauna silvestre.

Esto ha generado tras tantas décadas de los ciudadanos hacer un servicio público con su dinero que se esté organizando una manifestación nacional al respecto en septiembre 2026: 

https://losgatostienenley.org/  entra y firma la petición!! anota en tu agenda y allí nos vemos (domingo 06/09/2026)


Según la citada ley en su artículo 38 deja claro que los gatos comunitarios son animal de compañía y que será obligatoria la identificación mediante microchip, registrada bajo la titularidad de la Administración local competente, y la esterilización quirúrgica de todos los gatos comunitarios.

Sobre las funciones de la Administración local, en este caso el Ayuntamiento o Entidad Local, según el artículo 39 le corresponde:

 ·        la gestión de los gatos comunitarios desarrollando Programas de Gestión de Colonias Felinas que incluyan el fomento de la colaboración ciudadana en el cuidado de los gatos a través de sus normativas municipales,

·        generar los procedimientos en los que se recogerán derechos y obligaciones de los cuidadores de colonias felinas,

·        asumir la responsabilidad de la atención sanitaria de los gatos comunitarios que así lo requieran, contando siempre con los servicios de un profesional veterinario colegiado, 

·        el establecimiento de protocolos de actuación para casos de colonias felinas en ubicaciones privadas, de forma que se pueda realizar su gestión respetando las mismas especificaciones que en vía pública,

·        la implementación de campañas de formación e información,

·        el establecimiento de planes de control poblacional de los gatos comunitarios (mapeo y censo, programas de esterilización, programa sanitario, protocolo de gestión de conflictos vecinales, el municipio deberá contar con un lugar adecuado con espacio suficiente y acondicionado para la retirada temporal de su colonia de los gatos comunitarios en caso de necesidad,  establecer mecanismos normativos y de vigilancia para llevar a cabo el control y la sanción a los responsables de gatos que no los tengan debidamente identificados y esterilizados y, por tanto, que no pongan las medidas necesarias para evitar la reproducción de sus animales con los gatos comunitarios).

El bienestar de las colonias felinas incluye la protección de sus zonas de alimentación y descanso, sancionando a quien agreda los gatos o atente contra su alimento sea robándolo o retirándolo. Su adecuada administración por parte de personal autorizado o gestores de colonias felinas no atrae roedores ni insectos a los puntos de alimentación.

Cabe recordar a los vecinos que según el artículo 26 relativo a las obligaciones específicas con respecto a los animales de compañía todos los gatos han de estar identificados mediante microchip y esterilizados  antes de los seis meses de edad salvo aquellos inscritos en el registro de identificación como reproductores y a nombre de un criador registrado en el Registro de Criadores de Animales de Compañía. Esta esterilización aplica tanto a gatos con acceso al exterior como a gatos sin acceso al exterior.

Si el Ayuntamiento  sigue sin asumir sus obligaciones respecto a las colonias felinas ubicadas en su municipio se expone a ser denunciado vía administrativa ante la Consejería de Medio Ambiente por infringir la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales. 

Así mismo todo vecino que agreda o atente contra los gatos comunitarios o su alimento, o impida la gestión de colonias felinas, así como aquellos que mantengan gatos sin esterilizar están infringiendo la mencionada ley y podrán ser sancionados en consecuencia.

Colonias felinas | Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 https://www.dsca.gob.es/es/derechos-sociales/derechos-animales/colonias-felinas



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